HISTORY OF SPAIN: "Derecho a la huelga"
Otro hito en la historia de España, la proclamación del derecho a la huelga en 1909.
“Don Alfonso XIII, por la gracia de Dios y la Constitución rey de España.
A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed que las Cortes han decretado y nos sancionamos lo siguiente:
Art 1º. Tanto los patronos como los obreros pueden coligarse, declararse en huelga y acordar el paro para los efectos de sus respectivos intereses, sin perjuicio de los derechos que dimanen de los contratos que han celebrado.
Art. 2º. Los que para formar, mantener o impedir las coligaciones patronales u obreras, las huelgas de obreros, o los paros de los patronos emplearen violencia o amenazas, o ejercieran coacciones bastantes para compeler y forzar el ánimo de los obreros y patronos en el ejercicio libre y legal de la industria o trabajo, cuando el hecho no constituyó delito más grave con arreglo al Código Penal, serán castigados con la pena de arresto mayor o multa de cinco a ciento veinticinco pesetas.
Art. 3º. Los que turbaren el orden público o formaren grupos con el propósito reconocido de imponer violentamente a alguien la huelga o paro, o de obligarle a desistir de ellos, incurran en la pena de arresto mayor. A los jefes o promovedores se les aplicará esta pena en su grado máximo, siempre que hubieren tomado parte en los actos delictuosos (…).
Art. 6º. Las huelgas o paros serán anunciados a la autoridad con cinco días de anticipación cuando tiendan a suspender el funcionamiento de los tranvías, o cuando a consecuencia de ellos todos los habitantes de una población hayan de quedar privados de algún artículo de consumo general y necesario. Tanto en este caso como el del artículo anterior, al anunciar a la autoridad la huelga o paro se pondrá en conocimiento la causa que los motiva.
Dado en Palacio, a 27 de abril de 1909.
Yo, el Rey.- El ministro de la Gobernación, Juan de la Cierva y Peñafiel.
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